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EL DERECHO A CONOCER

  • radiogaroecadenase
  • 22 sept
  • 2 Min. de lectura

Comparto nota de prensa con la valoración del Comisionado de Transparencia de Canarias de una importante sentencia de acceso al derecho de información emitida recientemente por el Tribunal Supremo: 

El Supremo consagra el derecho a conocer los algoritmos que deciden sobre ayudas públicas

Muchas gracias.El Supremo consagra el derecho a conocer los algoritmos que

deciden sobre ayudas públicas

Santa Cruz de Tenerife, 22 de septiembre de 2025.- El Comisionado de Transparencia de

Canarias valora como un hito en materia de acceso a la información pública la reciente sentencia

del Tribunal Supremo (n.o 1119/2025, de 11 de septiembre) que obliga a facilitar el código fuente

de la aplicación informática BOSCO, utilizada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el

Reto Demográfico para que las empresas comercializadoras de energía eléctrica puedan

comprobar si las personas solicitantes cumplen con los requisitos legales para ser beneficiarias

del bono social.


La resolución estima el recurso de casación interpuesto por la Fundación Ciudadana Civio y sienta

doctrina sobre el derecho a conocer los algoritmos y programas que condicionan decisiones

administrativas de gran impacto social y que afectan a la vida de miles de personas.

En 2018, Civio solicitó al MITECO el acceso al código fuente, especificaciones técnicas y pruebas

de BOSCO. El ministerio no contestó la solicitud de acceso a la información. Interpuesta

reclamación, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), en su resolución

R/0701/2018, de 18 de febrero de 2019, concedió parte de la información —documentación técnica

y pruebas— pero negó el código fuente por el límite del artículo 14.1.j) de la Ley 19/2013, de 9 de

diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTAIBG), relativo

a la propiedad intelectual.

Hasta ahora, la Administración había denegado el acceso al código fuente amparándose en los

límites de la Ley de Transparencia y en la protección de la propiedad intelectual. Tanto el Juzgado

Central de lo Contencioso-Administrativo n.o 8, como la Audiencia Nacional, confirmaron esa

negativa. Sin embargo, el Supremo ha corregido esa interpretación consagrando el derecho de

acceso a la información pública como un derecho constitucional ejercitable por la entidad.

La sentencia tiene implicaciones que van más allá del bono social eléctrico. Afecta al futuro del

uso de algoritmos, inteligencia artificial y software automatizado en la gestión pública, reforzando

la exigencia de transparencia y control de la ciudadanía.

“Este fallo abre una vía decisiva para que los algoritmos de la Administración no sean cajas negras,

sino instrumentos auditables, sometidos al control democrático y judicial”, subraya el Comisionado

de Transparencia de Canarias.


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