
Canarias aprueba nuevas medidas extraordinarias para proteger la economía y reducir la burocracia ante la crisis del coronavirus El Consejo de Gobierno aprueba un decreto-ley que aliviará las dificultades de liquidez de los autónomos y agilizará las respuestas de la Administración El Ejecutivo librará 11 millones de euros para pagar el 30 por ciento de la prestación extraordinaria a los autónomos por cese de actividad, con lo que se garantiza el abono completo El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó hoy un Decreto-Ley de Medidas Extraordinarias de Carácter Económico, Financieras, Fiscal y Administrativas para proteger al tejido productivo del Archipiélago -especialmente autónomos y pymes- y simplificar los procedimientos burocráticos ante la crisis del coronavirus. El decreto-ley -elaborado desde la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos – contiene decenas de medidas para mitigar el impacto de la pandemia en la economía canaria, entre ellas la creación de una línea de ayudas por un importe inicial de 11 millones de euros para cubrir el 30 por ciento de la base mínima de cotización en el Régimen de la Seguridad Social de los autónomos y trabajadores del mar. Con esta medida – complementaria a la aprobada por el Gobierno de España- se garantiza el abono de la totalidad de la prestación extraordinaria aprobada por cese de actividad El Ejecutivo también reducirá los trámites administrativos para la gestión de ayudas o subvenciones, así como agilizará la gestión presupuestaria para atender con mayor inmediatez los gastos asociados al Covid 19. Las siguientes son las principales medidas incluidas en el Decreto-Ley, en función del departamento encargado de su aplicación: CONSEJERÍA DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ASUNTOS EUROPEOS -Tramitación de emergencia de las modificaciones de contratos ya suscritos, necesarias para atender la protección de las personas y resto de medidas adoptadas por el Gobierno de Canarias para hacer frente al Covid-19. -Suspensión de la tramitación de procedimientos de contratación pública en curso en función de la fase en la que hallen, salvo aquellos que estén estrechamente vinculados a los hechos justificativos del Estado de Alarma, que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios. -Tramitación por procedimiento de urgencia de aquellos expedientes de contratación que hubieran sido iniciados con anterioridad al Estado de Alarma o una vez decretado el mismo. -Rapidez de las subvenciones directas. Durante el período del Estado de Alarma, no resultará exigible la autorización del Gobierno prevista en el apartado 1 del artículo 27 de Ley 12/2019 de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, y será suficiente la aprobación por el titular d de la consejería competente. -El Gobierno podrá autorizar pagos anticipados de carácter extrapresupuestarios con cargo a los contratos que se celebren por el procedimiento de emergencia. -Mejora de las ayudas derivadas de la crisis. Durante el período de vigencia del Estado de Alarma se podrán incrementar la cuantía total máxima o estimada de las convocatorias de subvenciones sin sujeción a las reglas que prevé el artículo 14.4 del decreto regulador del Régimen de Subvenciones de Canarias. Como norma general, se deberá prever convocatorias abiertas. -Medidas extraordinarias de carácter presupuestaria. Corresponderá al consejero de Hacienda la habilitación de los créditos adecuados para proporcionar la cobertura adecuada a los gastos por el Covid-19. -Los créditos presupuestarios destinados a atender los gastos necesarios para la gestión de la situación de crisis sanitaria tendrán carácter de ampliables. -Endeudamiento a corto plazo. Con objeto de garantizar la liquidez necesaria de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, se podrán concertar operaciones de financiación por plazo no superior a un año con el límite del 20% de los créditos iniciales de gasto no financiero del ejercicio presupuestario. -Medias específicas para GSC. Se autoriza a la empresa Gestión de Servicios para la Sslud y Seguridad en Canarias S.A. a concretar operaciones de crédito para la financiación de gastos originados en el Sistema Canario de Salud derivados de la emergencia de salud pública. -Se autoriza al consejero de Hacienda a modificar los plazos de presentaciones de declaraciones, autoliquidaciones, comunicaciones y solicitudes en materia fiscal. CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS El decreto-ley aprobado hoy incluye iniciativas impulsadas por la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad en relación con las empleadas y los empleados públicos, sobre medios telemáticos para la celebración de convocatorias y reuniones de los órganos colegiados del Gobierno de Canarias y sobre medios telemáticos para las convocatorias y reuniones de negociación colectiva. Entre otras acciones, se recogen las siguientes: -Los órganos colegiados del Gobierno de Canarias y el resto de entes integrantes del sector público autonómico se podrán constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas a distancia. Las mesas de negociación se podrán constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas a distancia. -Movilidad voluntaria, forzosa y bolsas de trabajo. La Dirección General de la Función Pública ofertará entre los empleados públicos del colectivo de Administración General, con independencia del vínculo jurídico funcionarial o laboral que desarrollen, la posibilidad de efectuar una movilidad funcional de carácter voluntario, en jornada total o parcial, con destino a la consejería u organismo autónomo que haya efectuado el requerimiento para dar cobertura a las necesidades de servicio que se puedan plantear con ocasión de la situación generada por el COVID-19. -Ordenación de una movilidad forzosa para la realización de funciones, tareas o responsabilidades que podrán ser distintas de las correspondientes a su puesto de trabajo o función habitual en este o en distinto departamento u organismo público cuando, por causa de su mayor volumen temporal u otras razones coyunturales, no puedan ser atendidas con suficiencia por el personal que desempeñe con carácter permanente los puestos de trabajo o funciones que tengan asignadas. El personal público que sea objeto de esta movilidad se mantendrá en esa situación hasta que finalice las causas que la originaron. Ambos tipos de movilidad respetarán el cuerpo y especialidad para el caso del personal funcionario, y la categoría profesional si se trata del personal laboral. Continuarán percibiendo las retribuciones de su puesto de trabajo, que serán abonadas por la consejería u organismo público donde venía prestando servicios. -Autorización a la Dirección General de la Función Pública para que adopte medidas extraordinarias en materia de gestión de las bolsas de trabajo de personal funcionario y laboral de la Administración General con el objeto de dar cobertura a las necesidades de servicio que se puedan plantear. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Como ya se ha indicado antes, y además es el objetivo principal del decreto-ley autonómico aprobado hoy por el Consejo de Gobierno, la prioridad del plan de acción de la Consejería de Economía también es mitigar las consecuencias económicas y sociales derivadas de la emergencia sanitaria por la COVID-19 con un primer paquete de acciones destinadas, en la fase inicial de esa crisis, a la protección de las personas trabajadoras y a la supervivencia de las empresas canarias. -Ayuda autonómica para completar la prestación extraordinaria del Gobierno de España a las personas trabajadoras autónomas por cese de actividad, con la aportación del 30% restante de la base mínima de cotización, con lo que este se suma al 70% estatal hasta alcanzar el total del importe: 100%. El Gobierno acuerda la tramitación del tercer Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Puerto del Carmen Se trata de una iniciativa propuesta por el Ayuntamiento de Tías, en Lanzarote El Gobierno de Canarias, a propuesta de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, y el Ayuntamiento de Tías, ha aprobado en Consejo de Gobierno la redacción y tramitación del Tercer Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Puerto del Carmen, en Lanzarote. El Ejecutivo regional se encargará de facilitar la documentación necesaria y la tramitación del documento administrativo, una vez esté finalizado el plan propuesto e impulsado por la Corporación municipal. El plan incluirá medidas como incentivar la rehabilitación, renovación e incremento de categoría de los establecimientos alojativos de la zona, propiciar la diversificación de la oferta turística, mejorar la articulación del sistema viario, proceder a la integración de los diferentes instrumentos de ordenación urbanística, la recuperación de suelo para nuevas dotaciones públicas, mejorar la calidad ambiental del entorno, minimizar los ruidos o fomentar un desarrollo sostenible, entre otras acciones. Todos los objetivos planteados por el Ayuntamiento en su propuesta son encuadrables dentro del objeto propio de los planes de Modernización, Mejora e Incremento de la Administración autonómica, por lo que se procedió a su aprobación. A continuación, se publicará el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la citada Consejería. El Gobierno acuerda la tramitación del segundo Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Puerto de la Cruz La iniciativa, impulsada por el Cabildo de Tenerife, contempla actuaciones en espacios públicos y privados del municipio El Gobierno de Canarias, a propuesta de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, ha aprobado en Consejo de Gobierno la formulación y tramitación del segundo Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad del Puerto de la Cruz. Del mismo modo, se ha autorizado la suscripción de un convenio de cooperación entre el Ejecutivo regional y la citada Corporación insular para la instrumentalización de la encomienda de gestión relativa a la formulación de este segundo plan, que debe recoger unas 50 actuaciones que han sido propuestas por los particulares interesados y que requieren para su viabilidad su incorporación a la ordenación de este documento. Los costes de redacción del documento serán sufragados por el Cabildo de Tenerife, mientras que el Gobierno autonómico se encargará de la tramitación del procedimiento, con posterioridad a la redacción del documento técnico, para su tramitación y aprobación posterior. La iniciativa contempla diversas actuaciones infraestructurales y de equipamiento en espacios públicos y privados. Entre ellas se encuentran la renovación y mejora de la planta de alojamiento, intervenciones urbanísticas de remodelación y reordenación del territorio. El acuerdo alcanzado será publicado en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Consejería autonómica de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial. 4 El Gobierno de Canarias concede al municipio de Yaiza el título de ‘Ciudad Histórica’ La Comisión Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias justificó el otorgamiento del título en el reconocimiento y proclamación de sucesos de importancia que merecen ser recordados en los textos históricos El Gobierno de Canarias, en su sesión de hoy jueves y a propuesta de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, ha aprobado un Decreto por el que se concede al municipio lanzaroteño de Yaiza el título de ‘Ciudad Histórica’ y se autoriza la inclusión de esta distinción a su escudo heráldico. El Ejecutivo canario ha aplicado el procedimiento para otorgar títulos a los municipios, así como para la incorporación de los citados títulos en el escudo municipal que se prevé en la Orden de 15 de noviembre de 1990, de la Consejería de la Presidencia, por la que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación por la Comunidad Autónoma de Canarias de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del Archipiélago a los expedientes que se tramiten para la concesión a las Corporaciones Locales de tratamientos, honores y distinciones, así como para el otorgamiento a islas y municipios de títulos, lemas y dignidades. De acuerdo con dicho procedimiento, se ha recabado el informe de la Comisión Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, realizado en la sesión celebrada el 7 de febrero de 2020. Dicha comisión fundamenta el otorgamiento del título de ‘Ciudad Histórica’ al municipio de Yaiza en que tradicionalmente la concesión de estas distinciones honoríficas municipales ha ido aparejada al reconocimiento y proclamación de sucesos de gran importancia, que merecen ser recordados en los textos históricos, y cuya trascendencia se puede circunscribir al propio ámbito local o exceder del mismo. Bula papal de 1404 Así, señala que, en este supuesto, y tal como ha quedado expuesto en la memoria técnica, concurren suficientes méritos acaecidos en el municipio de Yaiza para ser públicamente honrado con la concesión del privilegio de usar el tratamiento del título de ‘Ciudad Histórica’. Al respecto, destaca “la existencia de la Bula papal, dada en Marsella el 7 de julio de 1404, por el Papa Benedicto XIII, donde se dice: erigimos el referido Castillo del Rubicón, supuesto que tiene proporción para ello, en ciudad, y la honramos con el nombre de tal, siendo nuestra voluntad que se llame perpetuamente Ciudad Rubicense; y por haber sido escenario de las primeras llegadas de conquistadores y evangelizadores, amén de ser un asentamiento de constante referencia en los anales de la historia de Lanzarote y Canarias”. Con esta distinción, el municipio de Yaiza tendrá que adherir a su escudo heráldico, bajo la punta, cinta de plata con la leyenda en negro del título de ‘Ciudad Histórica’. … Ver todo el mensaje 7 archivos adjuntos
Comments